Abogado General de la UE pide el reembolso total de las cláusulas suelo incluso sin pedirlo | Economía

Abogado General de la UE pide el reembolso total de las cláusulas suelo incluso sin pedirlo |  Economía
Una mujer se acerca a la sede del TJUE en Luxemburgo, en una imagen de archivo.Pensilvania

Obligar al banco a reembolsar cualquier pago en exceso por una cláusula suelo si el procedimiento aún está en curso, incluso cuando el consumidor no lo haya reclamado. Esto es lo que el Fiscal General de la UE considera que deben hacer los tribunales españoles, según las conclusiones presentadas este jueves y firmadas por el abogado Evgeni Tanchev. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciará al respecto en una futura sentencia tras recibir una decisión prejudicial del Tribunal Supremo español. Aunque las conclusiones del Abogado General no son vinculantes, en la mayoría de los casos suelen estar alineadas con la decisión posterior.

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Los hechos analizados, según la cuestión remitida al Tribunal de Luxemburgo por el Tribunal de Casación, se refieren a un consumidor que en 2006 contrató una hipoteca con el Banco CEISS (luego absorbido por Unicaja) y que reclamó en 2016 las sumas abonadas en exceso en virtud de un cláusula suelo. Estas disposiciones, que en muchos casos como este se introdujeron en los contratos hipotecarios de una manera considerada abusiva, impidieron que los vencimientos de los préstamos se abarataran incluso cuando el margen de cálculo se redujo. Un Juzgado de Primera Instancia de Valladolid falló a favor del prestatario y ordenó la nulidad de las cláusulas suelo del contrato y la devolución del sobrepago, pero solo desde el 9 de mayo de 2013. Como era la doctrina que había establecido el Tribunal Supremo en el tiempo, el consumidor no reclamó.

Pero el banco lo hizo porque no estaba de acuerdo con la decisión de la tarifa. Presentó un recurso en julio de 2016. En diciembre del mismo año, el TJUE dictaminó que la doctrina del Tribunal Supremo era contraria al derecho de la Unión y que cualquier sobrepago de las cláusulas desde el inicio de la hipoteca debía ser devuelto. Pero la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, de enero de 2017, no mencionó esta decisión y se limitó a un pronunciamiento sobre costas, en el que coincidió con la entidad.

Segunda llamada

Esta vez, es el cliente del banco el que no está satisfecho. En casación, llevó el caso al Tribunal Supremo, que preguntó al TJUE si en este tipo de casos se aplican principios como el de la justicia exigida, que impide que un tribunal otorgue a una parte algo que no había sido solicitado y habría sido resuelto. en la primera instancia. Precisa el Fiscal General que «es difícil reprochar a un consumidor no haber interpuesto recurso o no haber impugnado la sentencia de primera instancia» mientras que la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en ese momento «no hubiera permitido ver confirmadas sus pretensiones «. Y considera que debe prevalecer el principio de efectividad, que impide que la Justicia dificulte el ejercicio de sus derechos por parte de un consumidor europeo. Por eso considera que, tanto que el proceso judicial aún está en curso, El tribunal español debe ordenar automáticamente la restitución íntegra de las sumas de acuerdo con lo que actualmente determina la doctrina legal que se aplica a las cláusulas suelo.

Javier de la Torre de Independencia 23 Abogados dice que los hallazgos son «una buena noticia» para los consumidores, aunque habrá que esperar a ver si la sentencia sigue la misma línea. El letrado explica que el principio por el que solicita la Corte Suprema es diferente al de la autoridad de cosa juzgada, lo que impide pronunciarse por segunda vez sobre un caso cerrado, pero subraya que hay «muchos casos» en los que aún se encuentran pendientes de trámite. al enorme litigio.

En los casos ya resueltos, el socio de la oficina de Zaragoza, que tiene un centenar de casos de cláusulas suelo, subraya que la futura sentencia no influye. Aunque recuerde que estos también tienen una pequeña posibilidad si en el juicio inicial no reclamaron todo el dinero sobrepagado sino solo el pagado desde mayo de 2013. Algunos consumidores han reclamado los montos anteriores en un nuevo trámite, que “hay un caso de Derecho contradictorio «porque algunos jueces lo han considerado y otros lo rechazan como cosa juzgada. De la Torre considera que prevalecerá la primera interpretación y considera que la defensa del principio de efectividad realizada por el Abogado General de la UE refuerza este punto de vista.