El Tribunal de Cuentas reclama 9,7 millones a la UGT por el asunto ERE | España

El Tribunal de Cuentas reclama 9,7 millones a la UGT por el asunto ERE |  España
Fachada del Tribunal de Cuentas, en Madrid.Jaime Villanueva

El Tribunal de Cuentas reclamó al sindicato UGT 9.745.882 euros por un caso de responsabilidad contable derivado del caso ERE de Andalucía. La investigación se inició hace más de 10 años y finalizó el pasado mes de julio en un acto de liquidación del citado carácter, decisión que fue objeto de un recurso de apelación por parte del sindicato socialista denunciando la impotencia. La UGT especifica en su recurso de casación que el monto reclamado conducirá a la paralización de su actividad sindical si implica el bloqueo de fuentes de ingresos y cuentas bancarias, por lo que ofrece dar respuesta a la deuda con sus activos inmobiliarios como garantía.

La ley de liquidación califica las irregularidades atribuidas a las centrales sindicales como actividades vinculadas a «casos de regulación laboral atendidos en el marco de la Junta de Andalucía», mediante ayudas mal gestionadas. En su momento, los citados expedientes de regulación del trabajo (ERE) tenían como objetivo atender la situación de los trabajadores que han perdido su empleo y que, «por diversos motivos, tendrían dificultades para integrarse al mercado laboral». Por tanto, las ayudas tenían como objetivo amortiguar «el impacto socioprofesional que podrían provocar las crisis de las medianas y grandes empresas radicadas en la comunidad andaluza».

La ayuda se concedió a «trabajadores afectados por algún caso de normativa laboral u otro tipo de despido». Pero otros «trabajadores que no reunían las condiciones requeridas para hacerlo» fueron incluidos y beneficiados de este mecanismo, según el Tribunal de Cuentas. La responsabilidad contable, en definitiva, derivaría de que este tipo de prácticas daría lugar a “la existencia de determinadas amortizaciones en los fondos públicos de la Junta de Andalucía que estarían constituidas por el importe de las primas correspondientes a las pólizas de seguro de rentas contratados para cubrir estas contingencias ”. Todo ello se refiere a los casos de «aquellos trabajadores que hubieran sido incluidos indebidamente en los expedientes de la normativa laboral, en las cantidades que hubieran sido financiadas por la Junta de Andalucía».

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El acto de liquidación fue comunicado a las partes el 15 de julio, mediante la entrega de «documentación enorme», expresión utilizada por el abogado de la UGT en su recurso de apelación, para afirmar que el sindicato permanecía indefenso. Parte de los 9,7 millones de euros reclamados -o 2.862.584 euros- se reclama solidariamente con la Federación Minera y Metalúrgica de CC OO. Pero la disputa informa que el delegado investigador de este procedimiento no especificó «qué irregularidades específicas estaban en la base» de las acusaciones. Es importante, por tanto, que se alegue la falta de defensa. La convocatoria fue enviada a la Federación Estatal de Metalurgia, Construcción y Afines UGT, que ya no existe, ya que en 2016 se fusionó con la Federación de Trabajadores Industriales y Agrarios del mismo sindicato, dando origen a una nueva Federación de la Industria, Construcción y Agro. , que fue el que apareció en el evento.

Ante la petición del Tribunal de Cuentas, la UGT presentó un recurso de casación en el que advierte que “la consolidación inmediata por parte de esta Federación de UGT del importe exigido de 9.745.882 euros, objetivamente muy elevado, afecta al normal desarrollo de la actividad sindical, comprometiendo su actividad sindical y, en última instancia, el derecho fundamental a la libertad sindical (artículo 28.1 de la Constitución) ”. La misiva destaca que “ni esta federación sindical, ni la de la Federación de Metalurgia, Construcción y Afines, ni ninguna otra, recibieron una cantidad presuntamente garantizada, sino que fueron recibidas por los trabajadores afectados por los casos. Obra correspondiente. . «

«Función constitucional»

El recurso de apelación subraya que «aportar o asegurar» el monto reclamado «conlleva el bloqueo económico y financiero inmediato del sindicato y, por lo tanto, no cuenta con los medios suficientes para ejercer su función constitucional». En este sentido, la UGT anuncia que si se presenta esta situación, acudirá al Tribunal Constitucional para pedir protección. También advierte que si se incautan las ayudas a los finalistas que reciben o se incautan las cuentas bancarias de sus secciones y comités de empresa o que «se exige un aval bancario que no se puede obtener, por la retención de dinero que ello supondría, serían impedido de ejercer la acción sindical ”.

Las alegaciones contra la demanda de los 9,7 millones de euros ponen de relieve la «especial situación» de los sindicatos en la propia Constitución, lo que «refuerza» su posición como «uno de los soportes institucionales básicos de la sociedad». También subraya que los centros, en el ejercicio de la libertad sindical, «no pueden suspenderse ni disolverse», únicamente mediante resolución definitiva.

Para evitar cualquier riesgo de parálisis, la controversia propone que, «si se mantiene la obligación de avalar el monto señalado», la garantía prestada podrá reducirse a la constitución de una hipoteca unilateral sobre el inmueble perteneciente a dicha Federación, o su embargo. . El sindicato sostiene que solo la consolidación a través de estos activos permitiría la continuidad del ejercicio de su actividad sindical.