El Tribunal Supremo obliga a la reincorporación de un profesor de religión despedido por haber contraído un segundo matrimonio | España

El Tribunal Supremo obliga a la reincorporación de un profesor de religión despedido por haber contraído un segundo matrimonio |  España

La Consejería de Educación de Castilla y León tendrá que readmitir a un profesor de religión de un colegio de Tordesillas (Valladolid) que fue despedido por haberse casado en un segundo matrimonio sin pedir la nulidad eclesiástica del primer matrimonio. El Tribunal Supremo anuló el sobreseimiento porque la decisión del arzobispo de Valladolid de retirar el requisito de aptitud (el llamado missio canónica) violó los derechos fundamentales del trabajador. La Sala de lo Social ordenó al Concejo reintegrarla y pagarle el salario que dejó de percibir desde su despido durante el curso académico 2017/2018.

Esta no es la primera vez que la Corte Suprema solicita el reintegro de un profesor de religión que fue despedido por su estado civil. El alto tribunal ya ha tenido que intervenir en el caso de Resurección Galera, una profesora almeriense despedida por casarse con un divorciado. Esta vez la divorciada es la propia maestra, pero la conclusión del tribunal es la misma: el despido viola los derechos básicos de la maestra.

Más información

La profesora, cuyas siglas son CM S, fue contratada por el Ministerio de Educación para impartir religión y ética católica desde el curso 2001/2002 en un colegio de Tordesillas (Valladolid). Durante este período y hasta 2016, se había divorciado y casado por segunda vez sin obtener la nulidad canónica de su primer matrimonio y, tras divorciarse de su segundo marido, había entablado una relación estable de convivencia con otra pareja, que tenía tres hijos. Pero, según el relato de hechos en la sentencia de la Corte Suprema, durante una reunión con la delegada de educación de la Arquidiócesis de Valladolid en 2016, ella dijo espontáneamente que estaba casada para un segundo matrimonio y le dijo que su situación no era «de acuerdo con los postulados de la vida cristiana».

El delegado sugirió buscar la nulidad del matrimonio canónico para mantener el requisito de aptitud para transmitir religión. Y, según el fallo, CMS presentó en abril de 2016 un documento en la arquidiócesis firmado por un abogado que ha declarado haber recibido un » comisión profesional «para presentar un imputado en nulidad canónica del matrimonio del maestro. Pero, un año después, según hechos probados, el delegado del Arzobispo comenzó a recibir llamadas de padres de alumnos quejándose del maestro. El motivo de las denuncias, según los jueces, no fue la situación personal de la mujer sino el hecho de que vivía con una tercera pareja sin estar casada.

La docente fue citada a una reunión con el obispo auxiliar, durante la cual reconoció sus sucesivos parentescos y que no había iniciado los trámites de nulidad del matrimonio canónico, lo que llevó a la arquidiócesis a retirar el matrimonio. missio canónica. Y, poco después, el Ministerio le informó del despido del curso escolar 2017/2018, por haber revocado el requisito de aptitud por motivos “religiosos y morales”.

La Sala Social da por sentada la relación de causa y efecto entre el estado civil de la docente y el inicio del proceso que condujo a su despido. Entre otros aspectos, la sentencia subraya que el colegio no recibió denuncias sobre la situación personal del demandante, sino que el delegado docente del Arzobispo recibió llamadas de padres de alumnos molestos por la situación de convivencia extramarital del denunciante. De estos hechos se puede deducir, advierte el tribunal, que «un elemento de publicidad» de la situación personal de la maestra «en ningún caso» no había sido desarrollado por ella.