Ley de comunicación audiovisual: Coto las maniobras de los ‘influencers’ | Empresa

Ley de comunicación audiovisual: Coto las maniobras de los 'influencers' |  Empresa
La bloguera Aida Domenech, conocida como Dulceida, en un evento en Madrid.Imágenes SOPA

Detrás de lo que parece ser una publicación ingenua de Instagram, recomendar un producto o servicio puede acechar un océano de interés financiero. Porque ser una persona influyente en la era de las redes sociales se ha convertido en una profesión, aunque a veces con límites poco éticos. El trabajo de los llamados influencers Consiste en desarrollar contenido patrocinado por empresas para que llegue al mayor número posible de usuarios de plataformas digitales como YouTube, TikTok o Twitch. A cambio de la promoción, reciben la tarifa correspondiente, aunque no suelen especificar que estos mensajes forman parte de una campaña publicitaria que cobran.

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Y ahí es donde está el truco. Porque los usuarios confían en la buena fe del líder de opinión y optan por este artículo que tan buen resultado hubiera dado. Es por ello que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) se ha propuesto incluir su actividad en el proyecto de ley general de comunicación audiovisual.

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El regulador sostiene que “la consolidación de estos nuevos agentes que operan en Internet requiere de un marco legal actualizado que permita lograr un equilibrio entre el acceso a los servicios de contenidos en línea, la protección al consumidor y la competencia”. A pesar de ello, aún no se han definido los requisitos legales para considerar a un influencer sujeto a la normativa que se pretende abordar.

En todo caso, los formadores de opinión ya están sujetos a la ley de servicios de la sociedad de la información, que establece que «las comunicaciones comerciales realizadas por medios electrónicos deben ser claramente identificables como tales, y la persona física o jurídica en cuyo nombre también se realizan afuera «.

Como explica Efrén Díaz, jefe de tecnología de la oficina de Mas y Calvet, esto significa que «cuando los influencers promocionan un producto o servicio en las redes sociales, se ven obligados a denunciar que efectivamente se trata de contenido que les pagan por promocionar». para que sus suscriptores puedan diferenciar las opiniones independientes de la publicidad. Esta obligación cubre las publicaciones simples «, una transmisión en vivo, denominada En Vivoo un historia, es decir un video ”.

Al respecto, Autocontrol, el organismo autónomo de autorregulación del sector publicitario en España, señaló que la mera mención en la leyenda de una marca debajo de una etiqueta o hashtag no basta con que el público identifique la naturaleza publicitaria del contenido. La abreviatura «#ad», que proviene del término inglés publicidad, publicitado en español y utilizado con frecuencia por los prescriptores. La entidad recomienda utilizar indicaciones claras como «publicidad», «en colaboración con» o «patrocinado por».

En caso de incumplimiento de obligaciones legales, los nuevos líderes de opinión podrían ser sancionados «hasta 30.000 euros», advierte el letrado. Además, responderían a sus suscriptores si los bienes o servicios promocionados fueran «nocivos, nocivos o defectuosos». Este no sería el caso, por regla general, de las redes sociales, ya que solo se hacen cargo de la “información allí almacenada” solo “sabiendo efectivamente” que son “ilegales” o “conllevan infracción de propiedad o derechos de un tercero. fiesta. «

Otra práctica recurrente en la industria de la prescripción es comprar seguidores para que parezcan más relevantes digitalmente, lo que puede derivar en «un acto de competencia desleal», explica Jorge Monclús, asesor del despacho de abogados Cuatrecasas. Y ya está, así es como se pretende «engañar a los destinatarios» de los contenidos sobre su «capacidad de influencia», pero también a las marcas que los patrocinan, «buscando en última instancia influir en su comportamiento. Económico».

En este sentido, el abogado llama la atención sobre contenidos destinados a menores. Sostiene que se podrían establecer criterios para calificarlos según la edad, como en el caso de las películas, aunque aún no se han abordado. «El proyecto de ley impone a las plataformas el deber de establecer sistemas para verificar la antigüedad de los contenidos susceptibles de perjudicar su desarrollo físico, mental o moral y, en todo caso, evitar que accedan a los más nocivos, como la violencia gratuita o la pornografía, como así como la necesidad de facilitar los sistemas de control parental ”.

Falsas expectativas

Actualmente, la ley considera ilegal la publicidad si induce a los menores a comprar o utiliza su «inexperiencia o credulidad». Por este motivo, los prescriptores deben prohibir expresiones que promuevan la inmediatez como «últimos artículos» o «solicítalo ahora». Y tampoco pueden generar falsas expectativas de ganar en ningún sorteo o concurso que realicen.

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La pregunta que está considerando es si se podría abordar una regulación similar a la aprobada recientemente por Noruega, que prohibiría a los influencers publicar imágenes editadas sin notificar a sus seguidores. Esto se hace con el propósito de combatir la publicidad engañosa y los ideales de belleza poco realistas. Paloma Bru, socia del despacho de abogados Pinsent Masons, considera que lo es, ya que “toda comunicación comercial engañosa es ilegal e injusta” según la legislación vigente.

El abogado sostiene que “en otros países, como Reino Unido, el organismo de autorregulación publicitaria ha comenzado a publicar listas de influencers que no respetan su código publicitario para evitar que suceda este tipo de prácticas ”. Una medida que podría ayudar a acabar con la publicidad secreta en España, pero con las garantías debidas para no vulnerar la normativa de protección de datos.