plazos, requisitos y donde solicitarlo

El Ministerio de Hacienda, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, ha activado la página web para solicitar el nuevo cheque de 200 euros para familias vulnerables qu’approbó el Gobierno en su último paquete de medidas anticrisis.

Los posibles beneficiarios de la nueva ayuda contarán con un mes y medio para realizar la solicitud, concretamente entre el 15 de febrero y el 31 de marzo.

Requisitos: alquiler y residencia

La ayuda está dirigida por rentas menores que 27.000 euros al año incluyendo un patrimonio no superior a 75.000.

Asimismo, este cómputo de ingresos y patrimonio se realizará con fecha 31 de diciembre. En caso de matrimonio o pareja de hecho, será el cómputo conjunto, así como el de los menores y ascendientes que residan en el mismo hogar.

Para ser beneficiario, también se debe tener residencia habitual en España a 31 de diciembre.

Non será accesible para quienes cobren el IMV o los que perciban pensiones abonadas por el Régimen General y los Régimenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.

Quienes tampoco perciban prestaciones análogas a las anteriores reconocidas a los profesionales no integrados en la Reguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social mencionadas.

Del mismo modo, quedan excluidos del derecho a esta ayuda, independientemente de la valoración del patrimonio neto, las personas beneficiarias individuales cuando, durante 2022, fueran administradores del derecho de una sociedad mercantil que no hubieran cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022 , o fueran titulares de valores de representantes de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados.

La Agencia Tributaria ha habilitado ya el portón donde los ciudadanos podrán presentar su solicitud. Únase a través de la sede electrónica de la Agencia y solo podrá tramitarse de forma telemática.

¿Qué contiene el formulario?

En el formulario de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, será necesario constar la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se decida que se realiza la suscripción, y que estos 200 euros se recibirán mediante transferencia bancaria en un solo pago.

El real decreto-ley, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), especifica, además, que en caso de que la solicitud sea rechazada, se notifique al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Entonces, el solicitante tendrá un plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la propuesta de resolución denegatoria, par alegar y presentar los documentos y justificantes que estime pertinentes.

Según explicó el Ejecutivo, transcurrió un plazo de mes, contar desde el día siguiente a la notificación de la citada propuesta, sin la presentación de alegaciones, documentos o justificantes, se producirá la finalización del procedimiento en los términos de la propuesta denegatoria, sin la necesidad de resolución expresa de la Administración. Y, transcurrió el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin que se realizó el pago ni se notificó una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá intenderse desestimada.

Contra esta sospecha se podrá interponer recurso de reposición y reclamación económico-administrativa, en los términos previstos en la Ley General Tributaria.