Rey Emérito: El Ministerio Público prepara el cierre de las tres investigaciones abiertas en Juan Carlos I | España

Rey Emérito: El Ministerio Público prepara el cierre de las tres investigaciones abiertas en Juan Carlos I |  España
El Rey Emérito, en Madrid en diciembre de 2018.Getty

La fiscalía del Tribunal Supremo dimitió para interponer una denuncia contra Juan Carlos I, rey de España entre 1975 y 2014, por las trabas legales que encontró para solicitar su imputación. La imposibilidad de enjuiciar los delitos cometidos antes de la abdicación de Juan Carlos I en 2014, las dos regularizaciones fiscales que presentó en diciembre de 2020 y febrero de 2021, la prescripción y la ausencia de otras pruebas cierran la puerta a la presentación de denuncias en su contra. .

La Fiscalía de la Corte Suprema y la Fiscalía Anticorrupción preparan un «amplio documento» para explicar su decisión de archivar las tres investigaciones abiertas en Juan Carlos I, según anunció este miércoles. Confidencial y fuentes cercanas a la investigación confirmaron a EL PAÍS.

El decreto que pone fin al procedimiento precisará que, de los tres expedientes abiertos, uno permanece con un caso menor en investigación y sin «vía aparente» penal.

La Fiscalía Anticorrupción y la Fiscalía Suprema venían trabajando desde hace más de dos años en las investigaciones de delitos fiscales y de otro tipo vinculados a diversas empresas internacionales en las que presuntamente estuvo implicado Juan Carlos I. Por un lado, la Fiscalía investigó la existencia de fondos escondidos en un fideicomiso financiero domiciliado en un paraíso fiscal. Por otro lado, indagó sobre la recuperación de comisiones ilegales por la supuesta intermediación del Rey Emérito en el contrato de las obras del AVE en La Meca a favor de un consorcio de empresas españolas. Y finalmente, tuvo bajo el microscopio el uso de fondos de un empresario mexicano, Allen Sangines-Krause, a través de un mascarón de proa.

La fiscalía ha llegado a la conclusión de que algunos de los delitos investigados (los fondos supuestamente ocultos en el paraíso fiscal de Jersey a través de un fideicomiso financiero hace más de tres décadas) están prescritos. Otros delitos no son susceptibles de enjuiciamiento (Juan Carlos I no declaró al fisco español una donación de 100 millones de dólares en 2008 del Rey de Arabia Saudita que registró una cuenta suiza a nombre de una fundación creada en Panamá) porque tomaron lugar antes de 2014; Hasta este año (durante el cual abdicó) Juan Carlos I gozaba de inviolabilidad y no podía ser imputado (según el artículo 56.3 de la Constitución: «La persona del rey es inviolable y no es responsable»).

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Crímenes demostrables

Y los delitos que se pueden demostrar ya en 2014 (el uso del dinero del empresario de Sangines-Krause que el rey gastó sin declararlo) quedaron sin reproche penal por la maniobra del abogado emérito. No es posible enjuiciar por este presunto delito fiscal, concluye la fiscalía, pues el emérito presentó dos regularizaciones ante la Agencia Tributaria en diciembre de 2020 (por el dinero no declarado que donó el empresario mexicano) y en febrero de 2021 (por donaciones de su primo). Álvaro de Orleans en forma de vuelos privados a través de la Fundación Zagatka).

La investigación de la Fiscalía considera que las dos regularizaciones son legales y por lo tanto impiden la persecución penal. De esta forma, disipan las dudas existentes en cuanto al carácter voluntario de la regularización, como exige la ley, ya que se llevaron a cabo luego de que el rey Juan Carlos I supiera, a través de su abogado, que se había abierto una investigación al Ministerio Público. para casos de relevancia penal.

Algunos peritos fiscales argumentan que la simple notificación por parte del Ministerio Público al Rey Emérito de la apertura de una investigación ha impedido una regularización. Otros juristas entienden que si bien la notificación es genérica y no detalla el motivo real de la investigación, la regularización es legal.

Una sentencia del Tribunal Supremo presidida por el Magistrado Antonio del Moral, destacada por Cadena SER en diciembre de 2020, analizó un caso similar para concluir que aunque la citación es genérica, ya no es posible regularizar. Se trataba de un caso abierto a un empresario gallego por fraude en el pago de impuestos de 400.000 euros. El empresario, citado para declarar en febrero de 2019, regularizó este monto dos semanas antes de emprender acciones legales. Pero la Corte Suprema dictaminó que esta maniobra no le impidió ser acusado de un delito fiscal.

Ola de cotización

El tribunal de distrito dictaminó entonces: “Si la investigación que determina la citación del presunto autor se relaciona precisamente con el comportamiento que constituye la estafa y se notifica al acusado, se produce el efecto de bloqueo automático; aunque la cotización no sea del todo precisa o no esté detallada en todos sus términos ”. «Debemos rechazar el hecho de que estamos ante una regularización espontánea», proclamó. «El contribuyente inescrupuloso», prosigue la sentencia, «sería invitado a defraudar con la confianza de que, si se detecta su maniobra, mantendrá la posibilidad de escapar al pago de la multa pagando lo que le corresponda cuando la citación que l ‘ advierte no habrá sido lo suficientemente precisa; muchas veces porque todavía no puede ser ”.

El teniente del fiscal general, Juan Ignacio Campos, notificó formalmente a Juan Carlos I la apertura de cada una de las tres investigaciones que la Fiscalía había realizado sobre su patrimonio. Las notificaciones se produjeron en junio, noviembre y diciembre de 2020 a través del abogado del exjefe de Estado, Javier Sánchez-Junco. En cada uno de los escritos, que incluyen acuse de recibo, fue invitado a comparecer en el proceso, pero el Rey Emérito no lo hizo en ninguno de los tres casos.